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Formulario 4550, VEP y RG Nº 3579/2014 (la tortura china)

Si son geeks, de los buenos, seguramente el 50% del tiempo estén esperando que les llegue algún paquetito de algún lado, ya sea una Arduino, una Raspberry Pi, alguna chucheria de DX o FocalPrice. En mi caso estoy esperando señuelos de DX, bah, ya no los estoy esperando, están trabados en la aduana a la espera de los trámites para sacarlos, pero aún no puedo porque he tenido todos los problemas que se les puedan ocurrir, así que voy a aprovechar para contarles sobre todas las cosas que tuve que hacer, y los problemas que me encontré, que de seguro le van a ser de ayuda a alguien más.

Lo que deben presentar:

  • Formulario 4550
  • VEP, en caso de corresponder

El formulario 4550

Ésta es la parte más simple, simplemente deben completar con los productos que traiga el pedido, y si les toca un aduanero “buena onda” pueden generalizar.

Un problema que pueden llegar a tener es que un mismo pedido venga en varios paquetes, en éste caso la complicación está dada porque la resolución 3582/2014 no tiene en cuenta que una sola compra puede ser enviada en varios paquetes, y a veces, no podemos saber con exactitud que hay dentro de cada uno, de modo que no podemos completar el formulario 4550 sin que nos abran el paquete, y en la aduana no se los van a querer abrir hasta que tengan todos los papeles hechos. La “solución” que encontré fue explicarle con toda la calma posible al agente de aduana que era lo que sucedía, le llevé el “resumen” del pedido y se lo mostré, para que entienda que es todo un solo pedido, por lo que termine rellenando un solo formulario con los datos de los 2 paquetes. Obviamente que tuve la suerte de mi lado, y puede que no les toque una persona tan comprensiva. Como extra, si pagaron con la tarjeta de crédito, pueden llevar una fotocopia del resumen.

Dicho sea de paso, si no encuentran el formulario F4550 para imprimir lo pueden descargar desde acá.

Cuando corresponde generar un VEP (Volante Electrónico de Pago)

El VEP se debe generar en los siguientes casos:

  1. Cuando se trata de la primer compra y el valor supere los U$S25 dolares de la franquicia. Una aclaración es que son U$S25 por año, una vez que se usa la franquicia se considera “agotada”.
  2. Cuando se trate de la segunda compra, ya que en éste caso la franquicia ya está agotada, aún cuando la primer compra no haya utilizado los U$S25 en su totalidad. O sea, no se “guarda” el excedente para la próxima vez.

Si es su primer compra y el valor no supera los U$S25 no se debe generar el VEP. Ténganlo en cuenta porque puede que le digan en la aduana que lo deben generar aunque no tenga que pagar nada. Ésto no es así, y si lo hace se encontrará con el error 265 “Exento de derechos de importación debido a que no superó la franquicia anual” al intentar generar el VEP. (RG 3579/2014 art. 3)

error 265 generando vep

El error 265 (perdón por la imagen)

Para generar el VEP les recomiendo ésta guía oficial de la AFIP. Y un detalle, la mayoría de los medios publicaron como será el sistema cuando éste completamente implementado y hablan de dirigirse a “Mis aplicaciones web”, etc. Pero la realidad es que ésa metodología para presentar la declaración jurada aún no está en funcionamiento y el formulario se debe llenar manualmente siguiendo los pasos de la guía mencionada anteriormente.

En la guía anterior, en el paso 3, les deben quedar así los campos:

generar vep aduana

Paso 3 de generación de VEP

 

El maldito VEP

Uno de los problemas con lo que se encuentra la gente es la generación del VEP (Volante Electrónico de Pago). El problema radica en que se debe pagar a través de online banking, y que para generarlo se debe tener una clave fiscal de nivel 2 o superior, si bien el tema de la clave no es un problema para la mayoría, muchas personas no cuentan con cuentas bancarias, afortunadamente existen 2 soluciones que dentro de todo son simples.

  1. La que me parece mas simple es, desde el sitio de la AFIP crear una relación para darle a una persona que conozcan, que tenga cuenta bancaria de Link o Banelco, los permisos para que presenten declaraciones juradas a su nombre. Luego dicha persona ingresando desde su cuenta puede generar el VEP y pagarlo desde su cuenta de online banking.
  2. La otra forma que hay es, generando el VEP mediante la web de la AFIP como siempre e ir a pagarlo a una sucursal de los bancos Comafi o Supervielle. Para el Comafi deben elegir pagomiscuentas (Banelco) como medio de pago, y para Supervielle XN GROUP (nota, en la guía de la AFIP no muestra ésta opción, pero en la pagina sí)

Bueno, el resto es suerte!